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​La Corte Suprema ratificó el rechazo del recurso de protección presentado por la comunidad huilliche Lafquen Mapu y emprendedores de la explanada de acceso a isla Aucar en contra del Ministerio de las Culturas por la declaratoria de Zona Típica de este islote en Quemchi. 

A través de un documento los demandantes argumentaban que este acto administrativo vulneraba sus derechos al no realizarse la consulta indígena y que esta declaración estaba impactando de forma negativa en la actividad turística y gastronómica. 

Esta cartera ministerial indicó que se llevaron adelante las instancias de consulta ciudadana y que luego de evaluar esta acción se arribó a la conclusión de que no era necesaria de acuerdo a lo comunicado por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Conadi y la Subsecretaría de Servicios Sociales. 

La presidenta de la Asociación de Turismo Cultural y Sustentable de Aucar, Isabel Alarcón expresó que “estamos conformes, contentos porque finalmente ya se podría decir que a partir de ahora hay un nuevo comienzo para el lugar, va a estar protegido, las autoridades se están haciendo cargo, hay una coordinación que está muy bien hecha, estoy agradecida de lo que está pasando porque se está trabajando en todos los sentidos”. 

El fallo de la Corte Suprema confirmó que no existe afectación en perjuicio de los derechos de los recurrentes toda vez que la declaratoria de Zona Típica de isla Aucar tiene fines de protección del entorno cultural y paisajístico sin que en atente contra la actividad económica del lugar.

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