Municipalidad de Ancud desvincula a funcionaria protegida con Fuero Maternal. Acusan al alcalde de vulnerar derechos fundamentales de la trabajadora
24 de junio de 2025

La acción judicial incluye acusaciones de discriminación por razones de maternidad e índole política

Mónica Pamela Maldonado Velasquez, quien ejercía funciones directivas en la Municipalidad de Ancud, presentó una denuncia por tutela laboral acusando a la administración del alcalde Andrés Ojeda de vulnerar sus derechos fundamentales. Asegura que fue desvinculada estando protegida por fuero maternal, y que la decisión fue motivada por haber competido en las elecciones municipales de 2024.
En una grave denuncia presentada ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Ancud, la exdirectora de Desarrollo Comunitario, Mónica Pamela Maldonado Velásquez, acusa a la Municipalidad de Ancud de haber vulnerado sus derechos fundamentales al despedirla mientras aún estaba protegida por fuero maternal. La acción judicial incluye acusaciones de discriminación por razones de maternidad y de índole política, tras haber sido contendora del actual alcalde, Andrés Ojeda, en las elecciones municipales de 2024.
Según el relato de la denunciante, su carrera funcionaria comenzó en 2016 y culminó abruptamente el 17 de abril de 2025, cuando fue notificada en el domicilio de sus suegros del término de su contrato, bajo el argumento de que su cargo era de exclusiva confianza del alcalde. Sin embargo, Maldonado afirma que esta decisión fue arbitraria y persecutoria, en represalia por haber disputado electoralmente la alcaldía con Ojeda y por haberse reintegrado al trabajo tras un postnatal y licencias médicas asociadas al nacimiento prematuro de su hija.
"Me despidieron tres días después de haber vuelto de licencia médica. Me encontraba amparada por fuero maternal hasta el 27 de junio de 2025", señala la denuncia. Además, Maldonado agrega que, durante su reincorporación, sufrió hostigamientos laborales, exclusión por parte de compañeros y la pérdida de condiciones laborales esenciales como su oficina, elementos de trabajo y accesos digitales.
La exfuncionaria también acusa que el municipio fue notificado de su estado maternal, que se encontraba debidamente respaldado con licencias médicas, y que incluso la propia jefa de personal que le notificó el despido declaró que “estaban dispuestos a asumir las consecuencias”, en referencia a la ilegalidad del acto por no existir un procedimiento de desafuero.
Ese mismo día, además, Maldonado formalizó su intención de postular a la directiva de la ASEMUCH, la asociación de funcionarios municipales. Según afirma, su despido buscó también impedir que obtuviera fuero sindical, ampliando las razones de la desvinculación a una persecución política y gremial.
El documento judicial cita legislación, jurisprudencia de la Corte Suprema y dictámenes de Contraloría que refuerzan el carácter ilegal del despido. En él se destaca que el fuero maternal es irrenunciable y que cualquier despido requiere autorización judicial previa, lo que no ocurrió en este caso.
“La desvinculación no sólo fue una represalia política, sino una decisión cruel, que atentó contra mi dignidad como trabajadora, madre y servidora pública. Se me quitó mi fuente de ingresos y se me humilló frente a mi familia, violando todas las normas que protegen la maternidad y la no discriminación”, enfatizó Maldonado.
El caso se encuentra actualmente en trámite judicial, y podría marcar un precedente en la aplicación del procedimiento de tutela laboral para funcionarios públicos en Chile, especialmente mujeres con fuero maternal.
Dirección de Control de la Municipalidad de Ancud habria advertido al alcalde Andrés Ojeda que los decretos que removieron a funcionaria con fuero maternal eran ilegales.
El Municipio de Ancud fue advertido de la irregularidad, pero decidió continuar con la tramitación de los decretos. Dirección de Control exigió la reincorporación de la afectada y cumplimiento del fuero.
El 5 de mayo de 2025, la Directora Subrogante de Control Interno, Leyla Aguayo Valenzuela, emitió una representación formal dirigida al alcalde de Ancud, señalando como arbitrarios e ilegales tres decretos alcaldicios que pusieron término al contrato de la funcionaria Mónica Pamela Maldonado Velásquez, quien ejercía como Directora de Desarrollo Comunitario y goza de fuero maternal.
Los actos cuestionados corresponden a los Decretos Alcaldicios N° 219 (17 de abril), N° 220 (23 de abril) y N° 229 (28 de abril), mediante los cuales se solicitó la renuncia no voluntaria de Maldonado, se declaró vacante su cargo y finalmente se nombró a una nueva titular.
La representante de Control advirtió que, según el artículo 201 del Código del Trabajo, la funcionaria no puede ser removida sin autorización judicial previa, por estar protegida por fuero maternal. Asimismo, citó dictámenes recientes de la Contraloría General de la República que extienden esta protección a todas las funcionarias públicas, incluso en cargos de exclusiva confianza.
A pesar de que se informó por escrito al alcalde subrogante sobre la ilegalidad de los decretos, este ordenó continuar con la tramitación, lo que también fue dejado constancia en la Secretaría Municipal.
En su oficio, Leyla Aguayo exigió la reincorporación inmediata de Mónican Pamela Maldonado Velásquez, extendiendo su permanencia en el cargo por todo el tiempo que dure el fuero. En caso contrario, señaló que el municipio deberá presentar antes del 9 de mayo de 2025 la solicitud de desafuero ante el juez competente.
La presentación se realizó en conformidad con el artículo 29 letra c) de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
POSIBLES CONSECUENCIAS LEGALES PARA LA MUNICIPALIDAD DE ANCUD
De acuerdo con la legislación laboral chilena, si el tribunal acredita la vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, la Municipalidad de Ancud podría enfrentar importantes sanciones:
1. NULIDAD DEL DESPIDO: Si se confirma que no existió autorización judicial para el despido, este puede ser declarado nulo. En ese caso, la municipalidad debería pagar a la exfuncionaria todas las remuneraciones, cotizaciones y beneficios desde la fecha del despido hasta que se dicte una sentencia definitiva o sea reincorporada.
2. INDEMNIZACIÓN ESPECIAL: Según el artículo 489 del Código del Trabajo, en caso de vulneración de derechos fundamentales, el tribunal puede ordenar el pago de una indemnización adicional que va entre 6 a 11 remuneraciones mensuales.
3. REINCORPORACIÓN AL CARGO: Si la trabajadora lo solicita y el tribunal acoge su petición, se puede ordenar su inmediata reincorporación a la Municipalidad de Ancud.
4. SANCIÓN ADMINISTRATIVA: Paralelamente, el caso puede ser derivado a la Contraloría General de la República, que tiene la facultad de iniciar un sumario contra los funcionarios responsables y emitir dictámenes para anular actos administrativos ilegales.
En resumen, de confirmarse lo expuesto por Pamela Maldonado, el municipio podría enfrentar consecuencias económicas, administrativas y políticas de alto impacto. El proceso judicial no sólo busca reparar el daño a la exfuncionaria, sino que también puede convertirse en un hito para la protección efectiva de los derechos laborales y maternales en el servicio público.

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